Fundamentos de Derecho
Enoc Nelson
Ocón Gutiérrez
Fuentes del Derecho
1° B
Colima, Col.
Martes 30 de Agosto de 2013
Introducción
Saber el por qué de las leyes, como las hacen y
quienes las hacen, es muy importante para la sociedad, ya que el proceso de
creación de leyes es la justificación de las mismas. Las leyes son las que nos
rigen en la sociedad y deben ser cumplidas en su totalidad, Sin embargo existe
quienes no saben de donde surgen las leyes, por lo tanto el objetivo de este
trabajo es informar sobre el proceso de formación de leyes y las fuentes de
donde se basa el derecho para hacer a las mismas.
Fuentes del
derecho
Las fuentes
del derecho hablan acerca de todo lo que contribuye o ha contribuido
a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables dentro de
un Estado en un momento dado, son Actos o hechos
de los que deriva la creación, modificación o extinción de normas
jurídicas y no son más que los orígenes
de nuestro derecho.
Las fuentes del derecho se clasifican en tres: fuentes reales,
históricas y formales.
Fuentes reales
Son aquellos factores y elementos que
determinan el contenido de las normas jurídicas. Los elementos o contenido de la norma surgen como reflejo de las necesidades y de los objetivos de una
sociedad dada.
Los factores
pueden ser: político, sociales, económicos, culturales, religiosos y condiciones ambientales.
Fuentes históricas
Son todos los acontecimientos,
documentos (inscripciones, papiros, libros, entre otros) , vestigios que en su momento
encerraron una norma o ley jurídica y que sirve para crear nuevas leyes. Nos
pueden aportar información significativa, parcial o total, sobre los hechos que
han tenido lugar, especialmente, en el pasado.
Fuentes
formales
Son los procesos de creación de las
normas jurídicas
°Proceso administrativo
Cada fuente formal está constituida
por un proceso diversas etapas que se suceden en cierto orden y deben realizar
determinados supuestos, a este proceso se le conoce como proceso legislativo.
El proceso legislativo es el proceso
por el cual uno o varios órganos federales formulan y promulgan reglas
jurídicas a las que se les da nombre de “leyes”. En nuestro país, son dos los
poderes que intervienen en la elaboración de leyes, el legislativo y ejecutivo.
El proceso legislativo tiene 6
etapas, las primeras tres etapas le corresponden al poder legislativo, mientras
que al poder ejecutivo le corresponden los últimos tres.
°Etapas del proceso administrativo
1.
Iniciación:
Es el acto por el cual determinados órganos del estado someten a la
consideración del Congreso un proyecto de ley.
Solo pueden formular iniciativas;
El presidente
de la república
Los diputados
y senadores del Congreso de la Unión
Las legislaturas de los estados
2. Discusión: Es el acto por el cual las cámaras
deliberan, fundamentando sus argumentos, acerca de las iniciativas, a fin de
determinar si deben o no ser aprobadas.
La discusión puede comenzar indistintamente
en cualquiera de las dos cámaras (diputados o senadores). Excepto la discusión
de contribuciones o impuestos, las cuales iniciarán en la de Diputados.
A la cámara donde inicialmente se discute un
proyecto de ley, suele llamarse cámara de origen, a la otra se le llamara
cámara revisora.
3. Aprobación: Es el acto por el cual las
Cámaras aceptan un proyecto de ley; la aprobación puede ser total o parcial.
4. Sanción: Se da este nombre a la aceptación de
una iniciativa por el poder ejecutivo. La sanción debe ser posterior a la
aprobación del proyecto por las cámaras.
El presidente de la república puede negar su
sanción a un proyecto ya admitido por el congreso (Derecho al veto).
5. Publicación: Es el acto por el cual la ley ya aprobada y
sancionada se da a conocer a quienes deben de cumplirla.
En México la
publicación se hace a través del Diario Oficial de la Federación
O a través de los periódicos
o gacetas oficiales de los estados.
En colima es el
Periódico Oficial del Estado de Colima.
6. Iniciación de vigencia: La ley comienza a
tener validez y por lo tanto debe observarse a partir de la fecha indicada en
la misma.
La iniciación de la vigencia puede darse de 2
maneras:
Sucesiva: A partir de la cede de los tres
poderes de la unión, cada 40 kilómetros de distancian se da un día más para que
la ley entre en vigor en el resto del país.
Sincrónica: Significa que su iniciación es al
mismo tiempo en todo el país.
Bibliografía:
Universidad autónoma del Estado de Hidalgo,
fuentes del Derecho, recuperado de: http://www.uaeh.edu.mx/docencia/P_Presentaciones/huejutla/administracion/temas/fuentes_del_derecho.pdf, 23/02/2013.
Derecho, Fuentes del Derecho, recuperado de: http://derechomx.blogspot.mx/2008/08/fuentes-del-derecho.html
23/02/2013.
UNAM, constitución, reforma constitucional y fuentes del
derecho de México, recuperado de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=1657
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